La Ley N° 21.643 conocida como Ley Karin entró en vigencia el 01 de agosto de 2024 e introdujo modificaciones al Código del Trabajo en cuanto a la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo.
El objetivo principal de la Ley Karin es garantizar entornos laborales libres de violencia, compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género. Asimismo, establece la obligación de que los empleadores implementen medidas de prevención y sanción a través de protocolos específicos y procedimientos detallados de denuncia e investigación.
En nuestra Universidad, y conforme a lo que dispone la ley se han implementado diversas iniciativas para así fortalecer espacios laborales seguros y respetuosos: Creación de un protocolo de prevención de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, el que actualmente se encuentra en proceso de revisión y observaciones por parte de sindicatos y comités paritarios, para luego ser incorporado al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
Disposición de canales de denuncias confidenciales y respetuosos.
Charlas y capacitaciones para la comunidad universitaria con el fin de informar sobre la Ley, sus implicancias y nuevas actualizaciones. “Para la UACh, es muy relevante que su comunidad conozca los detalles de esta ley y sus canales de denuncia, pero que también se fortalezcan sus protocolos y procedimientos con miras al bienestar de sus trabajadores (as) impactando positivamente en la institución”, señaló que Director de Personal, Felipe Sanhueza.
¿Dónde denunciar?
El trabajador o trabajadora puede denunciar directamente de forma presencial o digital en:
Ante su empleador:
-Departamento de Prevención de Riesgo y Salud Ocupacional, Email: denuncias@uach.cl, Fono: 63 2 221023.
-Comisión AVD entre Comunidad Universitaria, Email: secretariaavdcu@uach.cl.
-Jefaturas directas.
Para la formalización de la denuncia se ha establecido un documento de “Ficha denuncia”, el cual se puede encontrar aquí (Ficha denuncia Ley Karin_UACh).
Derechos en la Ley Karin
Cabe destacar que dentro de lo que establece la Ley, las víctimas de acoso o violencia tiene derecho a protección a través de medidas de resguardo y acceso a atención psicológica temprana a través de los organismos administradores (Mutualidades).
En tanto, para quienes sean denunciados (as) la ley garantiza un trato justo de acuerdo con un debido proceso, es decir, presentar su versión de los hechos y a su defensa, así como a la presunción de inocencia, hasta que se demuestre lo contrario.
Entre los principales cambios que origina la ley se encuentran los siguientes:
Se elimina el concepto de reiteración en el tiempo para que una situación de acoso sea calificada como tal.
Se agrega el concepto de violencia en el trabajo, es decir, “aquella ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, y cuyas conductas afecten a las trabajadoras y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.”
La Ley Karin nace de la historia de Karin Salgado, Técnica en Enfermería, que, en el año 2019, a la edad de 40 años, decidió quitarse la vida, luego de haber denunciado graves y constantes situaciones de acoso laboral. Precisamente, la ley tiene un espíritu de prevención, para evitar que más trabajadores y trabajadoras vivan situaciones de maltrato o desprotección en sus espacios laborales.