Con la convicción de que el logro de los objetivos estratégicos planteados por la Universidad Austral de Chile exige el compromiso decidido de sus académicos, fue aprobada por el Consejo Académico de esta casa de estudios la reglamentación que establece mecanismos contractuales para el personal académico de la corporación, incorporados en el Decreto de Rectoría No 007/2004.
De esta forma, la contratación de personal académico a jornada completa (44 horas semanales) en la Universidad Austral de Chile deberá incluir en el contrato escriturado la prohibición de que el docente desempeñe labores académicas remuneradas en otras instituciones de educación superior, en los términos que indica el número 2 del artículo 160 del Código del Trabajo. Por su parte, los académicos con contrato vigente y que accedan a cualquier forma de asignación complementaria o asignación de cargo, deberán incorporar a sus contratos una cláusula en los mismos términos
La medida obedece a la necesidad de fortalecer el compromiso de los académicos con el desarrollo de programas y proyectos de docencia e investigación propios de la Universidad Austral de Chile y a la obligación de resguardar a esta casa de estudios dadas las actuales características del sistema de educación superior en el país y, en particular, en la región de Los Lagos. Igualmente permite contar con instrumentos de gestión que posibiliten una actuación eficiente de sus académicos, contribuyendo además al mejor aprovechamiento de los recursos de la Universidad.
Además, el decreto indica que los docentes UACh podrán desarrollar actividades en otras instituciones de educación superior sólo cuando éstas obedezcan al cumplimiento de compromisos institucionales estipulados en convenios; cuando se trate de acciones derivadas del contacto y/o intercambio, especialmente de postgrado e investigación, que demande la función académica; o cuando se trate de acciones de calificado interés corporativo que cuenten con la debida autorización.