El profesor del Instituto de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, Doctor en Derecho Jordi Delgado Castro, participó en el seminario virtual «Justicia laboral, una necesaria revisión», organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte y patrocinado por el Instituto Chileno de Derecho Procesal y Librotecnia.
La actividad se realizó el 11 de noviembre, a las 15:30 horas, y en ella participaron siete académicos y académicas de las Universidades de Chile, de Talca, Los Andes, de Concepción y Austral de Chile. Moderó el académico Fernando Orellana Torres.
Para el profesor Jordi Delgado, el seminario cobra importancia por la comunión que existe entre temas propios del derecho laboral y aquellos del derecho procesal. “Así, confluyeron reflexiones en torno a la justicia laboral desde una perspectiva integral que congregó a laboralistas y procesalistas. Entender la justicia laboral desde un sólo prisma es un error. Es cierto que los temas sustantivos y los procesales deben ir de la mano, comunicarse y aprender recíprocamente de los principales tópicos que, finalmente, influyen en la respuesta que se le da al ciudadano. En este contexto, las exposiciones tomaron varios temas relevantes y, creo, fue muy provechoso para expositores y asistentes”.
La ponencia del Dr. Delgado trató sobre «Funcionamiento forense de las opciones que plantea el artículo 500 CT, en el procedimiento monitorio», y versó sobre un problema de diseño que aqueja al procedimiento monitorio en el ámbito laboral, la idea original de este procedimiento es lograr una respuesta rápida y la exposición del académico gravitó en dos problemas importantes que buscó esclarecer.
“En primer lugar, quise intentar explicar por qué los jueces no deben llamar a audiencia por iniciativa propia en este instituto. Si bien es una posibilidad legal y, en definitiva, no se comete ninguna irregularidad, es una posibilidad que dista de los objetivos y fines que persigue el procedimiento y, por tanto, desnaturaliza su esencia. Además, con datos recabados en 345 causas de todos los tribunales especializados del país intenté explicar qué es una pretensión suficientemente fundada. Muchas veces, pareciera que no es suficiente el volumen de páginas de una demanda para cumplir con la exigencia de algunos tribunales”, explicó el profesor Delgado.