*En la actualidad la Incubadora de Negocios de la Universidad Austral de Chile se encuentra asesorando a emprendedores en las fases preliminares de tres patentes de invención.
* Cabe señalar que Austral Incuba es unainiciativa conjunta de la Universidad Austral de Chile y el Comité Innova Chile de CORFO. Además cuentacon el fuerte respaldo del sector privado de la región.
Austral Incuba, la Incubadora de Negocios de la Universidad Austral de Chile, comenzó el trabajo de asesoría en el tema de protección industrial.
Concretamente, se encuentra asesorando a emprendedores en las fases preliminares de tres patentes de invención, las que se definen como un derecho de exclusividad concedido por el Estado para proteger y explotar una invención.
Según indica Pablo Stuardo, Encargado de Marketing y Comercialización de Austral Incuba, esta incubadora cuenta con un equipo de trabajo integrado por profesionales capacitados en este tema, lo cual permite ofrecer el servicio de asesoría y protección industrial.
«Para Austral Incuba -explica- ha sido un proceso de aprendizaje en el que se ha visualizado las necesidades del emprendedor a la hora de crear su empresa. En esta etapa hemos percibido lo importante de proteger la innovación, si es que ésta no se encuentra en el mercado nacional ni internacional. Es por lo anterior que Austral Incuba está invirtiendo en capacitación del equipo de trabajo para poder responder a las necesidades, tanto del sector privado como del investigador universitario».
Stuardo agrega que es importante patentar porque si un emprendedor tiene una buena invención y no dispone de protección a través del sistema de propiedad industrial, corre el riesgo que sus competidores más fuertes comercialicen el producto o procedimiento de su creación a un precio más bajo y sin compensarlo económicamente.
"»Poseer una protección adecuada convierte las ideas en activos comerciales con un verdadero valor de mercado», enfatiza.
Igualmente enumera otras ventajas de patentar:
À Alcanzar un reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializables. Estos incentivos alientan la innovación, que permite una mejora constante de la calidad de la vida humana.
À Al ser el titular de una patente, podrá tener el derecho de decidir quién puede o no utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida.
À Dar su permiso o licencia a terceros para utilizar la invención en términos establecidos de común acuerdo.
À Vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente.
À Impedir que los competidores copien o imiten los productos o procedimientos que haya patentado.
+Qué Incluye la Protección Industrial?
Los derechos de propiedad industrial se regirán por la ley 19.039. Los derechos comprenden las marcas, las patentes de invención, los modelos de utilidad, los dibujos y diseños industriales, los esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, indicaciones geográficas y denominaciones de origen y otros títulos de protección que la ley pueda establecer.
Asimismo, esta ley tipifica las conductas consideradas desleales en el ámbito de la protección de la información no divulgada.
Definiciones que No Debe Olvidar
Patente de Invención: es un derecho de exclusividad concedido por el Estado para proteger y explotar una invención. Una patente es la contrapartida al hecho de proteger una invención mediante reserva o secreto y, como tal, requiere que el solicitante de la patente haga público su invento a través de una solicitud de patente, de forma que un experto en la materia referida por dicha solicitud, pueda reproducir la invención. A cambio de publicar su invento, el solicitante obtiene, como se dijo, un derecho que permite impedir, a otros, cualquier forma de explotación comercial de la invención, dentro del territorio de obtención de la patente y por un periodo de tiempo limitado.
Modelo de Utilidad: es una creación que pretende entregar una configuración o forma tridimensional nueva a instrumentos, aparatos, herramientas, dispositivos y, en general, a objetos o partes de los mismos, conocidos y que se utilicen para realizar un trabajo práctico, siempre que esta nueva configuración produzca una mejor utilización del objeto en la función a la que está destinado. La protección de un Modelo de Utilidad, otorga a su titular el derecho a impedir a otros, cualquier forma de explotación comercial del Modelo de Utilidad, dentro del territorio de obtención de la protección y por un periodo de tiempo limitado.
Diseño Industrial: es toda forma tridimensional asociada o no a colores, y cualquier artículo industrial o artesanal que sirva de patrón para la fabricación de otras unidades y que se distinga de sus similares, ya sea por su forma, configuración geométrica, ornamentación o una combinación de éstas, siempre que estas características le den una apariencia especial perceptible por medio de la vista. La protección de un Diseño Industrial, otorga a su titular el derecho a impedir a otros, cualquier forma de explotación comercial del Diseño Industrial, dentro del territorio de obtención de la protección y por un periodo de tiempo limitado.