Con el objetivo de generar un espacio de propuestas y discusión sobre los contenidos que podría tener una nueva Constitución, la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso realizó el noveno curso digital abierto «La Constitución que queremos: ideas para una nueva Constitución para Chile».
Bajo el título «La Jurisdicción en una nueva Constitución», el lunes 28 de septiembre, a las 19:00 horas, se desarrolló la novena sesión del curso digital, que contó con la exposición del profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, Dr. en Derecho Andrés Bordalí, y del presidente de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Patricio Rondini. Moderó la ayudante de Derecho UV, Aurora Rozas.
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Al respecto, el profesor Andrés Bordalí expuso sobre la necesidad de una nueva regulación de la jurisdicción en una nueva Constitución: “Atendida la regulación decimonónica de esta potestad pública en la Constitución de 1980, que no asegura adecuadamente la independencia de los tribunales respecto a los poderes políticos y, además, crea un orden jerárquico de impronta bastante autoritaria entre los tribunales superiores y los que están en la base de la estructura, afectándose con eso la concepción difusa que debe tener este poder del Estado. Finalmente, señalé que una nueva Constitución debe permitir dar cobertura constitucional a todos los tribunales del país y no solo a algunos como sucede con la vigente Constitución”.
Por su parte, el presidente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Patricio Rondini, presentó la paradoja judicial chilena como base para entender por qué es necesario un cambio en torno a la regulación constitucional del Poder Judicial, a la vez que permite no incurrir en los mismos errores en una nueva Constitución.
“La paradoja consiste en que el Poder Judicial, como jurisdicción, exige un juez con una amplia independencia para garantizar los derechos fundamentales. Mientras que, el Poder Judicial chileno, como organización, obedece a un modelo de juez funcionario que no considera mayores grados de independencia judicial. De este modo la paradoja de nuestro diseño institucional del Poder Judicial es que tiene un juez independiente, pero crea las condiciones para un funcionario dependiente”, puntualizó Rondini.