Invitados por la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía, los docentes Dra. Yanira Zúñiga (Valdivia) y Dr. Pablo Soto (Sede Puerto Montt) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, expusieron ante la Convención Constitucional.
La audiencia pública se realizó el jueves 11 de noviembre, mediante la plataforma Zoom, y en ella estuvieron presentes los académicos/as Boaventura de Souza Santos, Egon Montecinos, Yanira Zúñiga y Pablo Soto.
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La profesora Yanira Zúñiga expuso sobre «Principios constitucionales con perspectiva de género», entendiendo el rol de los principios en una Constitución y entregando un mapeo general sobre cuáles son las áreas u orientaciones que deberían tener esos principios.
“Es importante indicar que las constituciones tienen diferentes dimensiones, una institucional y una simbólica, la que ha sido muy resaltada por los estudios feministas, porque las constituciones son portadoras de relatos colectivos y de un programa político normativo en el que pueden desplegarse la membresía política de todas las personas que forman parte de una comunidad o fraguarse la disociación entre lo institucional y lo social. En el constitucionalismo contemporáneo, que se caracterizan por constituciones que no pretenden ser neutras, los principios dejan de comprenderse solo como directrices programáticas, son normas de aplicación directa, dotadas de efectos jurídicos, con formulaciones más o menos explicitas y con rendimientos interpretativos trasversales (…)”, dijo la académica.
Por su parte, el profesor Pablo Soto presentó sobre «Estado social y su incompatibilidad con el principio de subsidiariedad», instancia en la que explicó que una de las fuentes que ha inspirado el principio de subsidiariedad destaca en la revista Fiducia (1965), escrito por Jaime Guzmán, y donde se indica que la subsidiariedad es la forma de organización de las sociedades en relación con el Estado. “De aquí surge una consecuencia que dice relación con la idea de la libre iniciativa en materia económica y la idea de que el Estado es un suplente de aquellas actividades que las personas no logran llevar y esta idea, luego, se traspasa a la declaración de principios del gobierno de Chile de 1974 y donde se plantea la subsidiariedad como un principio para la refundación institucional”.