El comienzo de los alegatos evidenció algo que Bolivia no quería reconocer. La Corte no fijará un resultado determinado en la causa que está conociendo. Lo anterior, fue expresado por Rodríguez Veltzé –ex Presidente de Bolivia y Agente ante La Corte Internacional de Justicia– quien señaló que su país busca que se ordene a Chile sentarse a negociar “de buena fe” un acceso al Océano Pacífico y no que se fije un resultado determinado. Esto es uno de los elementos más importantes que se recoge de la primera jornada.
Posterior a esto, los internacionalistas que representan al país altiplánico realizaron exposiciones que dividí en tres fases, cada una ellas, con ideas centrales. En la primera, se hizo una reseña histórica con claros elementos emocionales para luego hacer una interpretación de la visión chilena respecto a la controversia y, por último, el establecimiento de los fundamentos jurídicos que sostienen la posición altiplánica.
La primera fase se expresó la idea que para el pueblo boliviano era muy importante solucionar en forma efectiva el tema de mediterraneidad. Lo anterior, en virtud de configurarse como un tema de unidad nacional. Los internacionalistas de Bolivia señalaron que “Chile podría resolver el enclaustramiento marítimo de Bolivia si solo cediera el 0,2% de su línea costera”, agregando que “la privación del litoral significa para Bolivia daños económicos catastróficos».
La segunda fase establece la causa misma. Los hechos y documentos presentados en la memoria y en la réplica evidencian para Bolivia la existencia de una obligación jurídica. Sin embargo, éstas sólo generarían obligaciones de tipo políticas para Chile.
La última fase estableció que Chile, a lo largo de la historia, ha manifestado en innumerables ocasiones una voluntad negociadora, la que se interrumpió abruptamente el 2011; freno que llevó a que Bolivia demandase a Chile ante La Corte Internacional de Justicia. Como ejemplo de la actitud chilena, se dijo que después de la Guerra del Pacífico de 1879, nuestro país –y en forma unilateral– asumió dos premisas que duraron más de 130 años: por un lado, la incorporación en favor de Chile de todo el Litoral antes boliviano, y, por el otro, un arreglo que permitiese que Bolivia tenga un acceso al Océano Pacífico por el norte de Camarones. De todo lo anterior, esta última idea me parece relevante de analizar, ya que no sólo evidencia la existencia de una obligación no cumplida por Chile, sino también expresa que la obligación exigida por Bolivia no cuestiona los alcances del Tratado de 1904. En ese mismo sentido, el protocolo secreto del Tratado de 1929 entre Perú y Chile, y por el cual, ninguno de los Estados Partes podría ceder a una tercera parte todo el territorio o parte de ella sin el acuerdo del otro Estado, se transforma en una prueba de la independencia del reclamo boliviano respecto al tratado de 1904.
En conclusión, y más allá de las subjetividades iniciales en el relato, Bolivia logró presentar un caso rigurosamente sustentado en derecho.