¿Pueden ser calificados como «privados» los mensajes que los usuarios comparten en sus redes sociales? ¿Puede alguien ofrecer como evidencia información obtenida desde las redes sociales de otra persona sin su consentimiento? Eso es lo que aborda el artículo «Redes sociales y expectativa legítima de privacidad en la jurisprudencia de la Corte Suprema chilena», del Dr. Javier Escobar, profesor de Derecho Penal y Procesal Penal de la Escuela de Derecho de la Sede Puerto Montt de la Universidad Austral de Chile, publicado en la Revista Chilena de Derecho y Tecnología de la U. de Chile.
El profesor Escobar comentó que la masificación y actual configuración de las redes sociales plantea múltiples problemáticas desde el punto de vista del derecho a la privacidad.
“Este artículo tiene por objeto analizar la jurisprudencia de la Corte Suprema chilena en materia de redes sociales y expectativa legítima de privacidad, a fin de identificar las principales tendencias jurisprudenciales y problemas planteados, así como el estado actual de la cuestión desde el punto de vista del máximo tribunal”, dijo el académico.