Publicada en El Mercurio Campo
La agricultura por contrato consiste en un acuerdo de voluntades entre el productor y la agroindustria, ya sea en forma escrita u oral, en el que se establecen una serie de condiciones y beneficios para ambas partes.
Por ejemplo, las empresas pueden proveer asistencia técnica a los agricultores a fin de que los productos satisfagan los requerimientos de calidad de los mercados objetivos. De esta forma, los agricultores se benefician del acceso a los paquetes tecnológicos y la empresa tiene la certeza de que sus productos serán aceptados por los compradores.
Otro ejemplo de este beneficio mutuo, es que los precios pueden ser establecidos con anticipación, lo que hace que ambas partes puedan hacer un pronóstico de sus beneficios esperados, reduciendo el riesgo del negocio.
En general, los agricultores deben entender que los contratos, tanto orales como escritos, tienen que beneficiar a ambas partes y también deben ser honrados, es decir, se deben cumplir. Esto cobra relevancia ya que, generalmente, la empresa tiene una posición dominante, lo que podría llevar a clausulas abusivas o una distribución asimétrica de las ganancias.
Para que el agricultor tenga un contrato exitoso debe considerar las condiciones establecidas en el tipo de acuerdo que se utilice. Al respecto, existen cinco tipos de contratos: compraventa a firme; compraventa con precio ajustable; con precio determinable con mínimo garantizado; con precio determinable con mínimo garantizado compensable; Comisión y Joint Venture o asociación entre productor y exportador.
Esta clasificación no impide que se pueda generar otro tipo de contrato nominado o innominado e idóneo al propósito de las partes.
Es necesario destacar que la agricultura por contrato es una buena alternativa para la agricultura familiar campesina, pesar de que en Chile solamente un 5% de los agricultores utiliza este sistema de negocio. Por ejemplo, se pueden planificar los flujos para el mediano y largo plazo con mayor certeza, lo que permite hacer inversiones con un menor riesgo asociado y también facilita el acceso a mercados que por sí solos estos agricultores no podrían alcanzar, como es el caso de los mercados internacionales.
Se debe tener en cuenta que hay cultivos en que se utiliza más este sistema, como por ejemplo el caso de los frutales, ya que las inversiones involucradas son altas, lo que hace necesario tener mayor seguridad en las ventas. Es así como cerca de un 88% de los agricultores que dicen utilizar contratos, se ubican en la zona central.
En tanto, solamente un 10% de agricultores que utilizan contratos se ubican en la zona sur de nuestro país. Al respecto, es importante indicar que en otros rubros, tales como la lechería, en que muchas veces sólo se dan contratos orales entre productores e industria, se deberían generar las mismas obligaciones y beneficios que se derivan de los contratos escritos.
En la tesis de grado de la abogada Liliana Morales del Magister en Desarrollo Rural de la Universidad Austral de Chile titulada “Análisis de la Agricultura por Contrato en la Zona Sur de Chile: factores que determinan su uso y aspectos legales que al sustentan”, hemos concluido que en Chile no existe un marco legal adecuado que regule los contratos entre los productores y la agroindustria para la comercialización de productos agropecuarios. Por eso, es importante legislar en esta materia, no sólo en la parte sustancial sino también en lo procedimental, concretamente en aspectos de mercado, precios, entre otros.