En la sesión del pasado 24 de enero el Consejo Académico de la Universidad Austral de Chile aprobó el Reglamento de Intervención en situaciones de Acoso, Violencia y Discriminación al Consejo Académico UACh.
Este documento tiene como objetivo principal establecer un procedimiento de acompañamiento, investigación y sanción ante situaciones de afección de la convivencia universitaria y de vulneración de derechos fundamentales producto de conductas de acoso, violencia y discriminación.
La Secretaria General, María Asunción de la Barra, indicó que este Reglamento “es fruto de un trabajo conjunto de distintas personas integrantes de la Comunidad Universitaria, por lo que agradece especialmente el aporte del Comité Paritario de Género y Diversidad y de las distintas Macrounidades y Consejeros que hicieron comentarios, observaciones y sugerencias para mejorar la propuesta. Con este Reglamento, nuestra Universidad cuenta con una herramienta efectiva para acoger denuncias que afecten a la convivencia interna, con independencia del estamento en que se desempeñe la persona denunciante y la persona denunciada”.
El Reglamento fue publicado el 28 de febrero y puede descargarse aquí.
Disposiciones y principios generales
Dentro del documento se consideran unas “Disposiciones Generales” en donde se establece la prohibición de actos de acoso, violencia y discriminación. De igual forma, se especifica el ámbito de acción, indicando que quedan amparados por este reglamento las y los estudiantes de pregrado y postgrado, las y los trabajadores académicos y no académicos, las y los profesionales que prestan servicios a honorarios, y las y los profesionales que prestan servicios gratuitos o ad-honorem, en el marco de sus relaciones laborales y académicas.
También se explica que “se excluyen las relaciones entre estudiantes, que se encuentran regidas por lo dispuesto en el D. R. N°028 de 22 de junio de 2016 que reglamenta un procedimiento para el acompañamiento, investigación y sanción de conductas de Acoso, Violencia y Discriminación entre Estudiantes de la Universidad Austral de Chile”.
El Reglamento incluye un artículo de Principios Generales que rigen la normativa: ambiente sano y seguro, igualdad de oportunidades sin discriminación, derecho y deber de denuncia, confidencialidad en el tratamiento de la información, imparcialidad y contradicción, buena fe, compatibilidad de acciones, y obligación de cooperar.
Comisión y Secretaría Ejecutiva
La Comisión para la Intervención en situaciones de Acoso, Violencia y Discriminación, en el ámbito laboral y académico es un órgano colegiado, de carácter técnico y especializado en prevención, investigación, asesoramiento, propuestas de solución, sanción y de seguimiento de las reclamaciones por cualquiera de las conductas que se describen en este Reglamento.
Está conformado por el o la Prorrector (a), quien la presidirá, un abogado o abogada que no dependa de Administración Central, nombrado por el Consejo Académico. Tres integrantes de la Comunidad Universitaria ( académico (a), funcionario (a) no académico (a), y un o una estudiante de pregrado o de postgrado), todos ellos nombrados por el Consejo Académico. Un trabajador o una trabajadora universitaria académica, administrativa o de servicios experta en género y diversidad designada por el Comité Paritario de Género y Diversidad.
Quienes sean designados como integrantes de la Comisión permanecerán en sus funciones por un periodo de tres años, pudiendo ser nombrados nuevamente, salvo que pierdan su vinculación contractual con la Universidad, en cuyo caso deberá designarse a otra persona en su reemplazo.
La Comisión será coordinada por una Secretaría Ejecutiva, la cual estará a cargo de un trabajador o trabajadora dependiente de la Prorrectoría, con destinación de jornada exclusiva para este cargo, quien será nombrado por la Comisión, con la opinión favorable del Comité Paritario de Género y Diversidad.
En el documento se indica que quien esté a cargo de la Secretaría Ejecutiva debe tener experticia atingente a las funciones que desempeñará, especialmente en género y diversidad, y habilidades adecuadas para generar un clima de confianza en los integrantes de la Comunidad Universitaria.
Cabe destacar que este Reglamento entrará en vigencia desde el 28 de marzo del presente año.