En su segundo capítulo de la segunda temporada, el programa Conversaciones Constituyentes Australes abordó el tema de «Las decisiones de la Convención sobre jueces y pluralismo jurídico», junto a los académicos Dr. Andrés Bordalí (Universidad Austral de Chile) y Dr. Manuel Núñez (Pontificia U. Católica de Valparaíso).
La actividad, coordinada y conducida por la profesora Dra. Daniela Accatino de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UACh, se realizó el miércoles 16 de marzo a las 18:00 horas y se difundió mediante las redes sociales Derecho UACh y a través de Radio UACh.
Su objetivo es dialogar y comprender los alcances de las discusiones en la Convención Constitucional y analizar los avances en el debate constitucional, poniendo en perspectiva algunas de las materias contenidas.
La conductora del programa, profesora Daniela Accatino, precisó que la idea del capítulo fue discutir acerca de uno de los temas que ha sido objeto de discusión en el pleno de la Convención: “Se trata sobre temas de justicia y que tiene que ver con jueces, tribunales y donde ya existe un título de ese capítulo referido a los principios que van a orientar toda la estructura constitucional respecto de los tribunales en algunos temas interesantes y controvertidos. La Comisión Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional ha propuesto denominar al Poder Judicial en el capítulo que regula el poder jurisdiccional del Estado con el nuevo nombre de ‘Sistemas de Justicia’, que coincide precisamente con el nombre de la comisión”.
Manuel Núñez Poblete es profesor de Derecho Internacional Público y Derecho Constitucional en el Depto. de Derecho Público. Abogado por la Pontificia U. Católica de Valparaíso, Chile. Doctor en Derecho por la U. de Santiago de Compostela, España.
El profesor Núñez, junto con agradecer la invitación al programa de conversación, comentó: “El cambio de nombre de Poder Judicial por Sistemas de Justicia pareciera que al hablar de sistemas se piensa que el ejercicio de la jurisdicción ya no se entiende que es una función estatal, sino que comprende el ejercicio de otros atributos que no provienen del Estado (…) Veo muy novedoso el reemplazo pero pareciera que al desestatizarse o desconcentrarse se prefiere hablar más de sistemas que de poder, y un componente importante que empuja esta idea es la de reconocer que también hay capacidad de ejercer jurisdicción en los pueblos indígenas”.
Andrés Bordalí Salamanca es Profesor Titular del Instituto de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile. Doctor en Derecho por la U. de Valladolid, España. Experto y con larga trayectoria de investigación sobre derechos fundamentales procesales, función jurisdiccional y gobierno judicial.
El profesor Bordalí agradeció la invitación a Conversaciones Constituyentes Australes y sobre la materia señaló: “El cambio de nombre de Poder Judicial era necesario. En la Constitución del 80 esto estuvo en discusión, cómo llamar a este poder y está documentado en las actas de la Constitución del 80, donde el principal partidario del cambio de nombre fue Jaime Guzmán, quien proponía llamarle tribunales de justicia. Guzmán, en cierta medida, tenía razón porque hablar de poder judicial crea una duda de quién es el titular de la función jurisdiccional, se puede pensar que hay una orgánica, un poder judicial donde estaría radicada la función jurisdiccional y no es así, porque radica en cada juez o tribunal; entonces, se hacía necesario un cambio de denominación (…)”.
«Conversaciones Constituyentes Australes», capítulo 2
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