En su capítulo N°14 de la segunda temporada, el programa Conversaciones Constituyentes Australes abordó los «Órganos constitucionales autónomos», junto a la Dra. Tania Busch, académica de la U. Andrés Bello, y al Dr. Guillermo Jiménez, académico de la U. Adolfo Ibáñez.
La actividad, coordinada y conducida por el Dr. Alberto Coddou, profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, se realizó el miércoles 8 de junio de 2022 a las 18:00 horas y se difundió mediante las redes sociales Derecho UACh y a través de las plataformas de Radio UACh.
El objetivo es dialogar y comprender los alcances de las discusiones en la Convención Constitucional y analizar los avances en el debate constitucional, poniendo en perspectiva algunas de las materias contenidas.
El conductor del programa, profesor Alberto Coddou, señaló que numerosos son los ajustes en los organismos propuestos por la Convención, ya que desaparecen algunos y se suman otros en distintos ámbitos. La Constitución de 1980 consagra los siguientes órganos con carácter de autónomo: el Consejo Nacional de Televisión, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, el Servicio Electoral, la Contraloría General de la República, el Consejo de Seguridad Nacional y el Banco Central.
“A excepción del Consejo Nacional de Televisión y del Consejo de Seguridad Nacional que se eliminan, se incorporan otros órganos con algunas modificaciones al borrador de la propuesta de nueva Constitución. Se agregan organismos como el Consejo para la Transparencia, Defensoría Penal Pública, Dirección del Servicio Civil y la Defensoría de los Derechos de la Niñez, y otros totalmente nuevos, como son el Consejo de la Justicia, la Agencia Nacional del Agua, la Defensoría del Pueblo y la Defensoría de la Naturaleza”, sostuvo el profesor Coddou.
Tania Busch es abogada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la U. de Concepción, Magíster en Ciencia Jurídica por la Pontificia U. Católica de Chile, Doctora en Derecho por la misma institución y académica de la Facultad de Derecho de la U. Andrés Bello, sede Concepción.
La profesora Busch explicó que las autonomías constitucionales son órganos con carácter técnico y no político, que se abocan a cuestiones particulares y no están sujetas al control de órganos políticos. Estas entidades son independientes de los otros poderes del Estado. “La Constitución del ´80 ya se caracterizaba por tener muchos órganos autónomos. Las autonomías constitucionales han jugado un rol bien interesante en nuestra historia política reciente; en general, son órganos que controlan la voluntad de las mayorías (…)”.
Guillermo Jiménez es abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la U. de Chile, Máster con mención en Derecho Público por University College London, Doctor en Derecho por la misma institución y académico de la Facultad de Derecho de la U. Adolfo Ibáñez.
El profesor Jiménez dijo que ve en la creación de órganos constitucionales autónomos una tendencia internacional que algunos autores atribuyen al constitucionalismo del sur global. “En este contexto más amplio, el constitucionalismo del sur global ha ido creando instituciones contramayoritarias en ámbitos distintos a lo propiamente jurídico, como es el caso de la protección de la naturaleza, la protección de sistemas electorales, la lucha contra la corrupción, la protección de la transparencia, entre otros”.
«Conversaciones Constituyentes Australes» capítulo 14
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