Tras cuatro años de tramitación, en la mañana del 16 de diciembre en la cámara de Diputados del Congreso Nacional se aprobó por unanimidad el proyecto de ley que “Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”.
Las medidas que contiene esta ley beneficiarán al 12,9% de la población de nuestro país que vive con algún grado de discapacidad.
Hasta hace pocos años, todo dependía de la buena voluntad, recién el año 1994 a través de la Ley N° 19.284 se reguló por primera vez en Chile los derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, fueron diversos los cambios sociales, económicos y culturales de nuestro país, que llevaron a plantear la necesidad de revisar y actualizar la legislación, adecuándola a los nuevos desafíos que enfrenta nuestra sociedad en relación con las personas discapacitadas.
Esta Ley, ratifica un marco normativo que permitirá avanzar en materia de inclusión social como un importante paso hacia la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad. Por ejemplo, se obliga a que los medios de comunicación deberán utilizar subtitulado oculto y lengua de señas en campañas de servicio público, propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales; los medicamentos, alimentos de uso médico y cosméticos deberán contar con rotulación en lenguaje Braille que informe el nombre del producto, fecha de elaboración y vencimiento; la totalidad de los medios de transporte público deberán realizar las modificaciones necesarias para asegurar el acceso de personas con discapacidad.
Consagra el deber del Ministerio de Educación de considerar a los alumnos con necesidades especiales en las mediciones de calidad de la educación como por ejemplo, el SIMCE y la PSU. Con este fin, se establece que la autoridad deberá disponer de las herramientas que permitan a estos estudiantes participar de dichos procesos, estas herramientas deberán ser entregadas por docentes con formación en el área de la Educación Especial e integración. En este punto se hace más importante la formación inicial que estos profesionales tengan considerando la relevancia que de acuerdo a esta ley la educación especial tiene. Los establecimientos educacionales deberán hacer las adecuaciones curriculares, en infraestructura y materiales de apoyo para el acceso y permanencia de las personas con discapacidad. Por lo que habrá obligación legal de dar igualdad de oportunidades, para los que no cumplan habrá sanciones.