* Se incorporó también una indicación sustitutiva que reconoce el rol que cumplen en el país la Universidad Austral de Chile, la Universidad de Concepción y la Universidad Técnica Federico Santa María, y que establece que no serán tratadas igual que las instituciones creadas después de 1981.
Alegría generó en la Universidad Austral de Chile la incorporación de dos importantes indicaciones en el proyecto de ley de educación superior despachado hoy por la Cámara de Diputados y aprobado ayer en el Senado.
Concretamente, el artículo 80 ha incorporado el siguiente inciso segundo, nuevo: “Por su parte, las normas establecidas en los artículos 63 a 70 no les serán aplicables a la Universidad Austral de Chile, a la Universidad de Concepción y a la Universidad Técnica Federico Santa María.”.
Asimismo, el artículo 121 indica que “las universidades privadas incluidas en el artículo 1 del decreto con fuerza de ley N° 4 de 1981, del Ministerio de Educación, tendrán un financiamiento permanente a través de un instrumento denominado Aporte Basal por Desempeño.
Añade que “los montos específicos de este instrumento de financiamiento serán establecidos en virtud de la Ley de Presupuestos del Sector Público de cada año. Las reglas de distribución de los recursos serán definidas mediante un decreto que dictará anualmente el Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, basándose en criterios objetivos y considerando especialmente las necesidades específicas de cada institución. El citado instrumento considerará, al menos, los recursos de la asignación Basal por Desempeño Universidades Art. 1° DFL. (Ed.) N° 4 de 1981” establecido en la ley N° 20.882.
Finalmente agrega que “las Universidades privadas incluidas en el artículo 1 del decreto con fuerza de ley N° 4 de 1981, del Ministerio de Educación, sólo deberán rendir los recursos del aporte regulado en el presente artículo al Ministerio de Educación, en la forma que éste defina mediante resolución”.
El proyecto de ley, que pasará ahora al Ejecutivo para su promulgación, establece la forma en que se regulará el financiamiento de la gratuidad, la nueva institucionalidad que considera la creación de la Subsecretaría y la Superintendencia de Educación Superior, y el Sistema de Aseguramiento de la Calidad, entre otros aspectos.
UACh defendió autonomía en diversas instancias
Desde que comenzaron las discusiones sobre el Proyecto de Reforma a la Educación Superior, los Rectores de las universidades de la Red G9 – que agrupa a las instituciones públicas no estatales del CRUCh- sostenían la necesidad de proteger a estas casas de estudios y que no existan diferencias en el trato que se le daba a las universidades del Consejo de Rectores.
Una constante y especial preocupación tuvieron los Rectores de las Universidades Austral de Chile, de Concepción y Federico Santa María (pertenecientes la Red G9), pues en el Proyecto inicial, en el párrafo 7 del Título III, no se reconocía su historia, excelencia, calidad y constante vocación pública y de servicio al país, al dejarlas en el mismo plano que las instituciones creadas después de 1981.
El Rector de la UACh, Dr. Óscar Galindo expuso su preocupación por este tema en diferentes instancias. Por ejemplo, el 31 de julio de 2017 la Red G9 tuvo dos reuniones importantes: con el Senador Ignacio Walker, Presidente de la Comisión de Educación del Senado, y posteriormente con el Senado Andrés Zaldívar, Presidente del Senado.
En ese momento, el Dr. Galindo defendió la autonomía universitaria sosteniendo que “partimos del principio básico de que una ley de educación superior debe promover la autonomía de las universidades. Y autonomía significa el derecho de las instituciones a darse una adecuada organización que permita y promueva la participación de los distintos estamentos”.
“Creemos que el proyecto de ley dificulta aquello con normas, como por ejemplo forzar que deba existir un solo órgano superior con poderes o responsabilidades académicas, administrativas y estratégicas. Las Universidades tradicionales hemos generado distintos sistemas de cuerpos colegiados con separación de responsabilidades, entre el Consejo Académico y el Directorio o Junta Directiva -según las organizaciones-. Esta separación es algo que corresponde promover porque además ayuda a una adecuada participación de la comunidad universitaria”, recalcó el Rector de la UACh.
Debido a los argumentos que se han expuesto por parte de los rectores de la UACh, UdeC y USM, y de la Red G9 a este Proyecto de Ley, finalmente el Poder Ejecutivo introdujo una indicación para que dichos artículos no afectaran a estas tres universidades.