La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió a tramitación el recurso de amparo en contra de la resolución adoptada por el General de Brigada Aérea (A) Sr. Cristián Eguía Calvo, en su calidad de Jefe de la Defensa Nacional en Puerto Montt y Osorno, por medio de la cual se estableció el toque de queda para ambas comunas.
La acción constitucional de amparo se encuentra bajo el ROL Nº160-2019 y fue presentada por las y los profesores de la Escuela de Derecho de la Universidad Austral de Chile en Puerto Montt, encabezados por la Dra. Ponce de León, especialista en derecho constitucional, junto a la Dra. Leticia Morales, el Dr. Marcos Andrade, el Dr. Diego Pardo y el Dr. Darío Parra.
La resolución fue pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, integrada por el ministro presidente Jorge Pizarro A., el ministro Jaime Vicente Meza S. y el abogado integrante Nelson Andres Ibacache D., con fecha 24 de octubre de 2019.
La acción constitucional busca dejar sin efecto el toque de queda decretado para las comunas de Puerto Montt y Osorno, sustentada en la falta de motivación y razonabilidad de la decisión adoptada, la que no solo restringe la libertad ambulatoria de los recurrentes, sino que también de los residentes de dichas comunas, excediéndose los márgenes dentro de los cuales la Constitución autoriza la restricción de derechos fundamentales, siendo ésta, por tanto, ilegal y arbitraria.
La Corte ordenó al recurrido, General de Brigada Aérea (A) Sr. don Cristián Eguía Calvo, que evacúe un informe sobre la decisión adoptada en un plazo máximo de 24 horas.